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Senado debe reestablecer atribuciones del IFT para regular derechos de las audiencias

Amedi
septiembre12/ 2017

La minuta de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en torno a los derechos de las audiencias que se discutirá en el Senado de la República, debe restaurar las atribuciones constitucionales del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para regular y sancionar los derechos de las audiencias.

Salvo la distinción entre opinión y noticia (contenida en el artículo 256 fracción III de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión), la Cámara de Diputados aprobó en abril pasado un dictamen regresivo que debilita indebidamente las facultades constitucionales del IFT para emitir lineamientos en materia de defensa de las audiencias y sancionar a los concesionarios que atenten contra ese derecho fundamental.

A cambio, los promoventes y promotores de esa iniciativa (legisladores, radiodifusores, comunicadores, gobernadores, alcaldes, organismos internacionales vinculados al gremio de los medios electrónicos) pretenden instalar un régimen auto regulatorio para los concesionarios de la radio y la televisión locales, regionales y nacionales, el cual atenta contra la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión de 2013.

Con ello, pretenden evadir sanciones y preservar un modelo de negocio sustentado en publicidad engañosa y propaganda encubierta: esto último, de cara al proceso electoral que se avecina. Los concesionarios también quieren emitir sus códigos de ética sin supervisión del regulador y nombrar a defensores de audiencia a modo de las empresas, en un evidente desprecio por las audiencias.

Incluso el reciente Estudio de la OCDE de telecomunicaciones en México 2017 recomienda que se refuercen las funciones del IFT en relación con los derechos de las audiencias.

Todo derecho fundamental, como el derecho de las audiencias, requiere de instituciones u órganos reguladores que los tutelen (en este caso, el Instituto Federal de Telecomunicaciones), con facultades para diseñar políticas públicas y regulación que salvaguarden los derechos de las audiencias, así como aplicar sanciones en caso de incumplimientos. La autorregulación que pretenden los concesionarios de radio y televisión no es un régimen jurídico y sí, en cambio, transgrede la Carta Magna.

El Senado de la República debe realizar una ponderación constitucional: ante el derecho a la libertad de expresión que falazmente esgrimen los dueños de los medios electrónicos, deben prevalecer los derechos de las audiencias como superiores a los reclamos de las empresas.

La Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) hace un llamado a los senadores para que rechacen la minuta y salvaguarden la autonomía de la institución regulatoria creada por el Constituyente Permanente en 2013. Aprobar en sus términos la minuta proveniente de la Cámara de Diputados significa dejar en la orfandad a las audiencias y dejarlas a merced de los intereses publicitarios y políticos de la industria de la radio y la televisión.

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Lic. Jorge Fernando Negrete P.

Presidente del Consejo Directivo de la Amedi

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Dr. Raúl Trejo Delarbre

Presidente del Consejo Consultivo

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Presidencias de los capítulos de la Amedi

Amedi Jalisco

Dr. Bernardo Masini

Amedi Oaxaca

Mtra. Magdalena López Rocha

Amedi Puebla

Mtro. Rafael Hernández García Cano

Amedi Michoacán

Dr. Héctor Pérez Pintor

Amedi Nuevo León

Mtro. Aurelio Collado Torres

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Consejo Directivo

Mtro. Armando Alfonzo, Dra. Alma Rosa Alva de la Selva, Dra. Wilma Arellano, Dra. Delia Crovi Druetta, Dr. Rodrigo Gómez García, Mtro. Carlos Lara, Lic. Gildardo López, Dra. María Elena Meneses, Mtro. Efrén Páez, Mariana Torres, Mtro. Servando Vargas, Dra. Aimée Vega Montiel, Dr. Jorge Bravo, Ismene Flores Guadarrama.