La Silla Rota.
En agosto de este año se cumplen dos años de haber entrado en vigor la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), y en este mes de mayo tres años desde la reforma constitucional en la materia, en ambas disposiciones jurídicas se determinó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) debería de contar con un contralor interno con la intención de dar seguridad razonable para el manejo de los recursos y el cumplimiento de sus objetivos regulatorios, y que sería la Cámara de Diputados la instancia responsable de nombrar a la persona idónea para tal efecto, sin embargo eso no ha sucedido.
Desde febrero de este año la diputada panista Eloísa Talavera Hernández, hizo un exhorto a la Junta de Coordinación Política para que se realizara por parte del Pleno de la Cámara la convocatoria para la designación de los titulares de los Órganos Internos de Control de la Comisión Federal de Competencia (Cofece) y del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), sin que hubiera tenido eco alguno.
Esta omisión legislativa desacata la Fracción XII, del Artículo 28 Constitucional, que determina que dichos organismos contarán con un contralor interno, quien será designado por dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados, así como el artículo 35 de la LFTR. El propósito de la creación de esta Contraloría es de suma importancia para asegurar que el IFT cumpla con todos los procedimientos de ley y evitar actos indebidos en la administración pública, como por ejemplo, fijar los criterios para la realización de las auditorías, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la revisión y fiscalización de los recursos a cargo de las áreas y órganos del Instituto y llevarlos a cabo; verificar la efectividad y eficiencia de las operaciones, confiabilidad de los reportes financieros, fiscalizar los ingresos y egresos, así como de la aplicación de las sanciones a los servidores públicos que violen la Ley de Responsabilidades de los funcionarios públicos.
Si tomamos en cuenta que los recursos del IFT constan de un total de dos mil millones de pesos para su ejercicio fiscal en 2016, la existencia de esta contraloría cobra una especial relevancia para dotar de transparencia, rendición de cuentas y certeza administrativa al IFT y a la sociedad, por lo que no existe ninguna explicación viable para que la cámara de diputados siga evadiendo su obligación de publicar la convocatoria, seleccionar y nombrar a quién debe ser la persona titular de dicha contraloría.
Estando tan en boga la discusión sobre el Sistema Nacional Anticorrupción, vale la pena recordar también los faltantes por parte del Congreso para hacer cumplir lo que la mismas leyes ya aprobadas les mandatan.
Pero no solamente la Cámara de Diputados está en falta , también lo está el Ejecutivo Federal quien hasta la fecha sigue sin enviar a la Cámara de Senadores la terna para sustituir el lugar que dejo en el Pleno del IFT el ingeniero Fernando Borjón, aunque ya han pasado varios meses que existe la lista de quienes pasaron el examen con las mejores calificaciones de acuerdo al proceso establecido, es momento que el presidente de la República sigue deshojando margaritas y aún no se decide a mandar sus propuestas al senado, instancia que deberá de votar para designar a quien quede en ese lugar. En tanto el IFT tiene que seguir tomando determinaciones sin tener completo a su Pleno.Tampoco existe una razón de peso para esta omisión del ejecutivo.
Y ya que estamos en las omisiones y los faltantes, también hay que recordar que hasta la fecha el IFT tampoco cumple con el mandato de ley para garantizar los derechos de las audiencias que ganamos en la constitución, ya casi va a ser un año de que se hizo la consulta pública sobre el tema y hasta el momento los lineamientos brillan por su ausencia, así los derechos de las audiencias siguen sin poder ser exigibles lo que los convierte en derechos de papel. ¿Cómo podemos exigirlos a los medios electrónicos si no están determinados por el regulador?
Mire usted, en los numerosos amparos que se interpusieron por la salida de Carmen Aristégui en los tribunales especializados en materia de telecomunicaciones, radiodifusión y competencia económica, uno de los argumentos de los quejosos era que el IFT debió de intervenir para garantizar el pluralismo, como parte de los derechos de las audiencias, que sentían arrebatado porque el concesionario había despedido a la periodista, los tribunales interpretaron que no había habido violación a tales derechos, pero el detalle es que si aún no existen lineamientos que definan claramente que son esos derechos pues nos quedamos en un callejón sin salida. Ojalá que el IFT termine de deshojar su margarita y los emita a la brevedad posible.
En otros temas
En breve se darán a conocer finalmente las bases de licitación para 257 emisoras en AM y FM, será la primera licitación comercial en 20 años, esperemos que las bases hagan realidad la posibilidad de contar con pluralismo en la radio para hacer cumplir lo que determina el artículo 6º constitucional, y que no sea sólo el ámbito económico el único a tomar en cuenta.
También el IFT anunció que hará una consulta pública para las prebases de licitación de los canales de televisión digital en breve.
A unos días de haber sido aprobada la Ley del Derecho de Réplica en diciembre de 2015, la revista Proceso se amparó en contra de ella, recientemente se dio a conocer que los magistrados José Juan Bracamontes Cuevas, María del Refugio Tamayo y Abraham Marcos del Octavo Tribunal Colegiado del Primer Circuito, le concedieron una suspensión definitiva, por considerar que la norma tiende a inducir la publicación de información oficial y propicia que disminuya la información plural e independiente, por lo que ese semanario esta eximido de que se le aplique esta ley.
Interesantes son los argumentos de los magistrados que se basan en la necesidad de proteger el vigor del debate público. Habrá que leer la sentencia a detalle.